Por ignorancia, críticas a la Ley de la Guardia Nacional: Sheinbaum

Ante las críticas de la oposición hacia la iniciativa de reforma a la Ley de la Guardia Nacional sobre si sus elementos podrán pedir licencia para aspirar a un cargo popular, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aclaró que no es algo nuevo, sino que la Constitución Política de 1917 ya lo permite para elementos del Ejército y la Fuerza Aérea.

“No es nada nuevo, es pura ignorancia en la crítica”, acusó en su conferencia matutina en Palacio Nacional. 

La mandataria federal se “adelantó” a responder a quienes critican la iniciativa para reformar la Ley de la Guardia Nacional que su administración envió a la Cámara de Diputados para discutirse en el periodo extraordinario: 

“Me voy a adelantar a una de las críticas que ya traen los comentócratas, corifeos, de estas leyes, una de las críticas muy ignorante, la que muestra nada más su ignorancia, es que ahora un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular o algún cargo. Bueno, resulta que esto viene de la Constitución del 17, aunque no había Guardia Nacional, es parte de la Ley Orgánica del Ejército”. 

La exjefa de gobierno de la Ciudad de México dijo que la iniciativa que envió tiene respaldo en el Artículo 55, fracción IV de la Carta Magna, que establece los requisitos para ser diputado del Congreso de la Unión, entre ellos: “No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos 90 días antes de ella (elección)”. 

Añadió que con la reforma “se está haciendo similitud entre los miembros de la Guardia Nacional y los elementos del ejército o la fuerza aérea”.

La presidenta Sheinbaum pidió a Arturo Coronel Flores, jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, presente en la conferencia, exponer los tipos de licencia que ya pueden solicitar los integrantes del Ejército y la Fuerza Aérea, según su Ley Orgánica. 

  • Licencia ordinaria: se concede para resolver asuntos de carácter personal y es hasta por seis meses, con goce de los haberes 
  • Licencia ilimitada: se concede para separarse por más de seis meses sin goce de haberes 
  • Licencia especial: se concede para desempeñar cargos de elección popular sin goce de haberes. Esta fue la señalada por Sheinbaum Pardo. 
  • Licencia por edad límite: Se concede cuando casi al final de su carrera, cuando llegan a 30 años de servicio y se confiere desde un mes hasta un año para prepararse para pasar de la vida militar a la civil. 

La autoridad, agregó, está alineada con los artículos 85 y 88 de la Constitución Política mexicana, dijo. 

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