
Las diputadas del grupo parlamentario de MC, Ivonne Aracelly Pacheco, Amancay González Franco y Paola Michell Longoria López, proponen reformar diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte, en materia de personal capacitado y equipo médico en gimnasios y centros deportivos.
La modificación al artículo 63 señala que todos los centros deportivos, gimnasios y establecimientos donde se practique actividad física o que ofrezcan servicios de entrenamiento deberán contar con al menos una persona capacitada y certificada en primeros auxilios, atención prehospitalaria y soporte vital básico durante su horario de operación.
Asimismo, piden adicionar el artículo 63 Bis para precisar las disposiciones a las que estarán obligados, como contar con personal debidamente capacitado en la atención de emergencias médicas, incluyendo la identificación y actuación ante episodios de taquicardia, infarto agudo al miocardio, descompensaciones por presión arterial u otros eventos de riesgo vital.
Además, garantizar que el instructor o entrenador cuente con certificación vigente como profesional en cultura física, educación física, ciencias del deporte o formación equivalente expedida por instituciones reconocidas por las autoridades competentes.
Asegurar la capacitación anual del personal en materia de primeros auxilios, reanimación cardiopulmonar y uso del desfibrilador externo automático, contar con protocolos escritos de actuación ante emergencias, los cuales deberán estar visibles y disponibles en áreas comunes del establecimiento, y exhibir en un lugar visible las constancias de certificación y capacitación del personal en turno
También, solicitan adicionar el artículo 63 Ter para establecer que contarán con equipo médico básico accesible y en funcionamiento, que incluya botiquín de primeros auxilios con insumos actualizados y en condiciones de uso inmediato; desfibrilador externo automático, instalado en un área visible y señalizada, con baterías y electrodos en condiciones óptimas; oxímetro de pulso y glucómetro funcional; camilla plegable, férulas y equipo básico para inmovilización, así como señalización de rutas de evacuación y puntos de emergencia.
La instalación, mantenimiento y verificación del equipo estará sujeta a revisión periódica por parte de la autoridad competente, puntualizan en la iniciativa.
Argumentan que en México aumentó el número de personas que practican actividad física, así como los establecimientos para practicar deporte, aunque este aumento no viene acompañado de un marco jurídico adecuado que garantice la protección de los usuarios.
Gran parte del personal que labora en estos gimnasios o centros deportivos no cuenta con capacitación básica y necesaria para atender emergencias como infartos, cambios en la presión arterial o paros cardiacos súbitos, añaden.
Advierten que practicar deportes en condiciones inadecuadas, puede ocasionar complicaciones graves como elevación en la presión arterial, taquicardias, complicaciones respiratorias y en casos más extremos un paro cardiaco, que si no se trata puede causar la muerte en minutos, pero el tratamiento rápido con un desfibrilador puede salvar la vida.
Consideran que es importante que el personal que se encuentra trabajando en estos centros deportivos y gimnasios cuente con las certificaciones necesarias, que avalen sus conocimientos y competencia, para diseñar rutinas o guiar correctamente a las personas usuarias en el uso del equipamiento deportivo.