Proponen brindar asesoría jurídica gratuita y reducir el tiempo en estaciones migratorias

La diputada Olga Leticia Chávez  (Morena) planteó reformar la Ley de Migración, con el objetivo de que toda persona tenga derecho de contar con un asesor jurídico gratuito desde su ingreso a la estación migratoria hasta la resolución del procedimiento que determine su situación.

La iniciativa, que modifica los artículos 3, 109 y 111 de dicho ordenamiento, también señala que el Instituto Nacional de Migración (INM) resolverá la situación migratoria de los extranjeros presentados en un plazo no mayor de 36 horas contados a partir de su presentación. Actualmente el plazo es de 15 días hábiles.  

De igual manera, el alojamiento deberá de resolverse en el mismo plazo, debiendo seguirse el procedimiento migratorio en libertad, agrega.

El documento, remitido a la Comisión de Asuntos Migratorios para su análisis, define que asesor jurídico es el especializado en personas en movilidad y sujetas a protección internacional, en términos de la legislación aplicable.

En la exposición de motivos, refiere que de acuerdo al Consejo Ciudadano del INM en la pasada administración se logró mejorar las condiciones de varias estancias; por lo tanto, con el erario público se están manteniendo alojamiento, alimento, agua, gas, electricidad, producto de higiene personal, servicio médico, y otros, de alrededor de 145 mil personas al año.

En este sentido, observa que al reducir el tiempo de alojamiento se disminuiría el gasto al erario público, y ayudaría a las personas a sentirse productivas, al otorgarles la condición de estancia de visitante con permiso para recibir una remuneración en el país, dado que al poder emplearse cubrirían sus necesidades básicas, así como las de su familia que los acompaña. 

Menciona que la duración máxima de un extranjero en las estaciones migratorias es de quince días hábiles a partir de su presentación, tiempo máximo concedido por el ordenamiento para que la autoridad competente resuelva el procedimiento migratorio.

Sin embargo, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en fecha 13 de marzo de 2023, consideró que, de conformidad con el principio de excepcionalidad de la privación de la libertad de personas, ésta no puede exceder de la temporalidad establecida por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es decir, tratándose de la aplicación de sanciones por infracciones de naturaleza administrativa, el artículo 21 constitucional dispone que éstas únicamente consistirán en multa, arresto hasta por treinta y seis horas o en trabajo a favor de la comunidad. 

Precisa que las estaciones migratorias son lugares establecidos por la Secretaría de Gobernación a través del Instituto Nacional de Migración, para el alojamiento temporal de aquellos extranjeros que no pueden acreditar su situación migratoria en el país, las cuales se encuentran reguladas en el artículo 111 de la Ley de Migración.

Además de que los migrantes en situación irregular alojados en una estación o estancia migratoria, contarán con los derechos que establece el artículo 109 de la citada Ley. 

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