TEPJF busca someter a consulta de la SCJN denuncias contra Arturo Zaldívar

El todavía presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Rodríguez, dio conocer el proyecto de resolución de los recursos de apelación que interpuso el hoy ministro en retiro, Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, contra el acuerdo de Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual admitió las quejas que se promovieron en contra por el supuesto uso de recursos públicos, el indebido ejercicio del cargo y la vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral.

Las denuncias fueron presentadas por Movimiento Político Restaurador de México y la precandidata presidencial de Fuerza y Corazón por México, Xóchitl Gálvez Ruiz.

En su proyecto, el cual podría discutirse en la sesión de la próxima semana, Rodríguez Mondragón propone someter a consulta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), si el TEPJF y las autoridades electorales son competentes para procesar y, en su caso, juzgar a Zaldívar Lelo de Larrea por faltas o infracciones administrativas en materia electoral.

Al respecto, argumenta que la reunión que sostuvo Arturo Zaldívar con la precandidata presidencial de Morena, Claudia Sheinbaum, y las expresiones que hizo a su favor en entrevistas radiofónicas, se llevaron a cabo los días 7 y 8 de noviembre de este año, es decir, cuando todavía era ministro de la Corte, ya que su renuncia la aprobó el Senado de la República hasta el 15 de noviembre.

Menciona que las infracciones atribuidas al ministro en retiro están implicadas con los deberes de servidores públicos respecto de la neutralidad y utilización de recursos con el objetivo de que no se vulnere el principio constitucional de la equidad en la contienda en los procesos electorales.

En este sentido, Reyes Rodríguez explica que es competencia exclusiva de la SCJN conocer de las responsabilidades administrativas de las ministras o ministros; sin embargo, la resolución del recurso de revisión del procedimiento especial sancionador es facultad del TEPJF.

Indicó que por este motivo es necesario que el máximo tribunal del país debe realizar una interpretación para despejar la duda sobre la interpretación de normas constitucionales en torno a las competencias del Tribunal Electoral, las cuales pueden interferir con las competencias que le corresponden a la Corte.

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