Ordena INAI a INM informar sobre trato que otorga a datos personales recabados en AICM

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Instituto Nacional de Migración (INM) informar sobre el tratamiento que reciben los datos personales recabados con sistemas de identificación biométrica en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).

Entre la información que debe dar a conocer destacan los fundamentos legales para la utilización de estos sistemas, el número de personas reconocidas correcta o incorrectamente, la cantidad de registros que conforman las bases de datos generadas, el tratamiento que recibe dicha información y el análisis del impacto al derecho a la privacidad que tiene la aplicación de esta tecnología que puede incluir lectores de rostro o iris.

“El reconocimiento facial puede dar falsos positivos, generando la detención arbitraria de personas inocentes como ya ha sucedido en países de nuestra región, donde una mujer estuvo retenida por 12 horas. Por otra parte, si todo patrón de huella o rostro se convierte en un código numérico, entonces, un criminal podría intentar robar estos códigos”, señaló, la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Ibarra Cadena planteó que la vigilancia generalizada sobre la sociedad puede generar efectos paralizadores y vulnerar la dignidad humana, así como afectar derechos fundamentales como la libertad de pensamiento, religión y movimiento; lo que muestra la relevancia de evaluar el cumplimiento de los principios de proporcionalidad, información y consentimiento en el tratamiento de datos personales.

“Debemos reconocer la necesidad de apuntalar también nuestros esfuerzos a la efectividad de la privacidad y la correcta gestión de los datos personales, pues marcarán el desarrollo económico y social”, alertó

Un particular solicitó esta información al INM pero esta dependencia únicamente señaló que el AICM cuenta con Filtros Migratorios Autónomos implementados desde 2022, los cuales no incluyen sistemas de identificación biométrica, puesto que, en el proceso de operación utilizan una funcionalidad de verificación facial uno a uno.

Pero la Comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena determinó que el sujeto obligado no turnó el requerimiento a la totalidad de unidades administrativas competentes; además se centró en los Filtros Migratorios Autónomos; sin embargo, el AICM también cuenta con la modalidad de ingreso al país denominada “Viajero confiable”.

Advirtió que la modalidad “Viajero confiable” sí utiliza datos biométricos para agilizar la identificación de personas que ingresan al país, esto se lleva a cabo a través de quioscos automatizados, donde se escanea el pasaporte, se proporcionan huellas digitales y se emplean lectores de rostro o iris.

La ponencia determinó que la búsqueda efectuada en la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la Dirección General de Administración y la Dirección General de Control y Verificación Migratoria no brinda certeza de que se haya utilizado un criterio amplio y exhaustivo.

Related posts