Moreira Valdez, insiste en su propuesta de reforma al artículo 65 constitucional para precisar trabajos de Legislatura actual y la entrante en agosto del 2024

El coordinador de los diputados federales del PRI, Rubén Moreira Valdez,  recordó que desde la legislatura pasada planteó una iniciativa que reforma el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de precisar y aclarar el término de trabajos de la LXV Legislatura y el inicio del ejercicio de los legisladores que sean electos en la elección del 2024, , lo que evitaría la existencia de dos congresos al mismo tiempo.

Detalló que actualmente la Ley plantea que, cuando el presidente de la República inicie su encargo el primero de octubre, el Congreso se reunirá a partir del primero de agosto, lo que genera un conflicto debido a que los integrantes de la LXV legislatura aun estarán en funciones porque fueron electos por un periodo completo de tres años.

Lo anterior, debido a que la reforma constitucional de 2014, en materia político electoral, generó un error, al no precisar lo que acontecería con el periodo de la legislatura que inició en 2021 y terminaría sus funciones en 2024, lo que si se hizo en el caso del Presidente de la República, por lo que el legislador priista consideró necesario precisar  los tiempos y garantizar el desarrollo de las tareas legislativas.

Explica que el periodo de cada legislatura es de tres años y la actual fue electa por un periodo completo que comprende del 1 de septiembre de 2021 al 31 de agosto de 2024. En razón de ello, advierte, es importante corregir a la brevedad la laguna  en el marco constitucional.

En el proyecto de decreto, el líder congresista propone establecer que el Congreso se reunirá a partir del 1 de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias y a partir del 1 de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias, independiente de la fecha en que inicie su gestión el Presidente de la República.

El ex gobernador de Coahuila consideró que la reforma realizada al Artículo 65 Constitucional, publicada en febrero de 2014, mediante al cual se le adicionó “excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista en el Artículo 83, en cuyo caso se reunirá el 1º de agosto”, no tuvo fundamentación expresa en el dictamen del cual conoció el Senado de la República, el 3 de diciembre de 2013, ni justificación al aprobarse  en la Cámara de Diputados.

Refirió que su iniciativa se encuentra, desde marzo del presente año, en espera de ser dictaminada en la Comisión de Puntos Constitucionales, que preside el legislador de Morena, Juan Ramiro Robledo Ruiz.

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