SCJN invalida aplicación de prisión oficiosa para delitos fiscales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma del 2019 con la que se incorporaron tres tipos de delitos fiscales al catálogo de ilícitos que ameritan prisión oficiosa, al considerar que dicha reforma se trató de un fraude a la Constitución.

Con este fallo, la Fiscalía General de la República (FGR) tendrá que justificar ante los jueces la necesidad de mantener en prisión a quienes sean acusados por la emisión de comprobantes fiscales por actividades inexistentes, conocida como factureo, así por contrabando y fraude fiscal por montos superiores a 8.7 millones de pesos.

Al respecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena refirió que, por definición, la delincuencia organizada es la conducta ilícita que tiene como objetivo desestabilizar al Estado de Derecho y los delitos fiscales no pueden entrar en esta tipificación.

“Suponer que esos delitos están inherentemente relacionados con la delincuencia organizada es un juicio sobre incluyente y constitucionalmente inadmisible a la luz del principio de mínima intervención o de última ratio en materia penal”.

Al hablar en contra del proyecto, la ministra Loretta Ortiz Ahlf sostuvo que invalidar la prisión oficiosa podría poner en riesgo la seguridad de la población; incluso, mencionó que según datos de la FGR, sólo doce personas están en prisión preventiva por estos delitos.

“Declarar la invalidez de los delitos fiscales en el régimen de delincuencia organizada pone en peligro el funcionamiento del Estado y la seguridad de la población. La inclusión de dichas reformas a la Ley Federal de delincuencia organizada da cumplimiento a la obligación del Estado mexicano frente al grupo de acción financiera internacional al adoptar 40 recomendaciones relativas a aplicar efectivamente, las medidas legales reglamentarias y operativas para combatir el lavado de dinero y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional”.

Tras asegurar que la prisión oficiosa es una condena sin sentencia, el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, afirmó que con este tema, el máximo tribunal del país demostró que actúa con independencia.

“Concluimos unos de los asuntos más importantes y relevantes en la historia de esta Suprema Corte. Como lo venimos haciendo, la Corte ha demostrado una vez más que actúa con autonomía e independencia y que cada una de las ministras y cada uno de los ministros, votamos y argumentamos en absoluta libertad. La Suprema Corte, más allá de lo que se diga de manera malintencionada, demuestra estar a la altura de lo que requiere y exige el pueblo de México”.

Asimismo, la Corte no alcanzó la mayoría calificada para acotar la prisión preventiva oficiosa, ello con el fin de que no se aplicará de forma automática.

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