Invalida SCJN orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la orden de aprehensión girada en contra del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, luego de que interpretó que el mandatario estatal aún cuenta con fuero constitucional, lo que evita proceder penalmente en su contra, hasta que deje su cargo de elección popular, lo cual ocurrirá el ultimo día de septiembre próximo.

Por unanimidad, los ministros de la primera sala aprobaron la resolución de la controversia constitucional 70/2021, promovida por el congreso de Tamaulipas, en contra de la orden de aprehensión girada en contra del gobernador.

Así lo señalan los resolutivos aprobados.

“Primero: es procedente y fundada la presente controversia constitucional.

“Segundo: se declara la invalidez de la solicitud de orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General de la República, así como de la orden de aprehensión expedida en la causa penal que se precisa en este ejecutoria en contra del titular del poder ejecutivo del estado de Tamaulipas.

“Tercero: esta resolución y la declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia a la Fiscalía General de la República y al juez especializado en el sistema penal acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal del Estado de México con sede en Almoloya de Juárez”.

Previamente, los ministros también aprobaron la controversia constitucional 50/2021, en conde el congreso estatal combatía el desafuero de García Cabeza de Vaca, señalando que, si bien la Cámara de Diputados tiene la facultad de aprobar el juicio de procedencia en contra de un gobernador, es el poder legislativo de cada entidad quien debe decidir si se le retira el fuero.

“Se reconoce la validez del dictamen de declaración de procedencia a que este expediente se refiere, en la inteligencia de que este pronunciamiento no elimina por sí mismo la inmunidad procesal de la que goza el titular del poder ejecutivo del estado de Tamaulipas”, señala el fallo de la SCJN.

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